RAMO, PEDRO MARCELO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de la Comisión Médica Central respecto a la incapacidad previsional del actor y rechazó el recurso de apelación presentado, confirmando que la incapacidad del actor no alcanza los valores previstos en el art. 48 de la ley 24.241.
- Quién demanda: Pedro Marcelo Ramo
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamaba la declaración de incapacidad prevista en el art. 49, apartado 3, de la ley 24.241, y la evaluación del grado de incapacidad para obtener el reconocimiento del derecho a retiro por invalidez.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que evaluó una incapacidad del 44,70% y decidió no modificar la resolución, ratificando que no se alcanza el umbral previsto en la ley para otorgar el beneficio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“El informe pericial presenta un diagnóstico completo que incluye epilepsia, alteraciones electroencefalográficas, eventración abdominal inoperable, limitaciones funcionales en columna vertebral, cáncer de colon rectal operado sin compromiso funcional y limitación en miembro inferior izquierdo. La incapacidad previsional del 44,70% fue considerada suficiente para mantener la postura de la Comisión Médica Central, la cual cumple con los requisitos del art. 472 del C.P.C.C.N. y tiene plena eficacia probatoria en los términos del art. 477 del mismo código. La jurisprudencia de la CSJN en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez' del 26 de diciembre de 2017, respalda la decisión. No existen elementos que desvirtúen las conclusiones del informe médico forense.” Asimismo, se señala que el tribunal, en línea con el art. 48 de la ley 24.241, confirma la decisión sin perjuicio de la facultad del interesado de aportar nuevos elementos de juicio en el marco de la Ley 20.606.
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