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TONNERA ANA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra la ANSeS en busca de obtener el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia apelada, declarando la inconstitucionalidad de ciertos artículos y ordenando ajustes en el cálculo del haber.

Inconstitucionalidad Indexacion Seguridad social Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Aportes autonomos


- Actora: Ana Mercedes Tonnera
- Demandada: ANSeS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenando a la ANSeS abonar diferencias en el pago de la movilidad entre enero-febrero 2021. Confirmó lo demás decidido por el juez de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró adecuada la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones hasta la entrada en vigor de la Ley 26.417, y a partir de allí el mecanismo de la Ley 26.417. Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241 en caso de que generen una quita mayor al 15% sobre el haber. Respecto a la Prestación Básica Universal, avaló el diferimiento dispuesto en la instancia anterior. Sobre los aportes autónomos, estableció la metodología de cálculo.

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