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LUCERO MARIA ANA Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Jubilados militares reclaman la incorporación de aumentos salariales al haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia y revoca el plazo fijado para el pago.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, jubilados militares, promovieron demanda contra el Ministerio de Defensa reclamando la incorporación en su haber de retiro de los aumentos salariales instituidos por diversos decretos. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la demandada abonar las sumas resultantes en el plazo de 90 días. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de hacer lugar a la demanda, pero revocó parcialmente la sentencia en cuanto al plazo de 90 días fijado para el pago, estableciendo que el mismo quedará comprendido en las normas presupuestarias vigentes. Fundamentó que la manda que impone a la accionada abonar las sumas en 90 días queda encuadrada en las obligaciones comprendidas en las normas presupuestarias, por lo que corresponde admitir parcialmente el agravio y revocar ese aspecto de la sentencia.

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