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ZAIDENKNOP ROSALIA HILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda solicitando el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora, reconociendo la inconstitucionalidad de un artículo de la ley de movilidad.

Inconstitucionalidad Proporcionalidad Jubilacion Seguridad social Emergencia economica Movilidad previsional

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del haber previsional de la actora a partir de enero de 2021, reconociendo la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426. Respecto a los artículos 55 y 56 de la ley 27.541 y decretos dictados en consecuencia, la Cámara consideró que fueron dictados en un contexto de emergencia y que su aplicación no afectó garantías constitucionales. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que, finalizada la emergencia, corresponde ponderar la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos referidos y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo abonarse las diferencias por los meses de enero y febrero de 2021.
- La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, en línea con precedentes de la Sala.
- Respecto a la ley 27.541 y decretos, la Cámara consideró que fueron dictados en un contexto de emergencia y que su aplicación no afectó garantías constitucionales.

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