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HERRERA MARIO NICOLAS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Veterano de guerra demandó el pago de beneficios por incapacidad permanente. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el reconocimiento de la incapacidad y el derecho a percibir los beneficios.

Incapacidad permanente Seguridad social Subsidio extraordinario Veterano de guerra Ley 22 674 Ley 24 310

Pago de beneficios por incapacidad permanente derivada del conflicto del Atlántico Sur

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar al reclamo. Confirmó que el actor sufrió una incapacidad parcial y permanente del 10% vinculada causalmente a los hechos de guerra. Reconoció su derecho a percibir la pensión graciable vitalicia de la ley 24.310 y el subsidio extraordinario de la ley 22.674, con retroactividad. Revocó parcialmente la sentencia en cuanto a los intereses del subsidio extraordinario.

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