BRITO SIMON ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes varios de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del haber inicial conforme a la movilidad suspendida.
reajustes varios de la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia, ordenando:
- Aplicar el índice de actualización establecido por la CSJN para la Prestación Básica Universal
- Reajustar el haber a enero 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos que fijaron la movilidad durante la suspensión y lo que hubiera correspondido de aplicarse la ley suspendida, solo para ene-feb 2021, y luego aplicar la nueva ley 27.609
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La CSJN ha establecido que para actualizar las remuneraciones para el cálculo del haber inicial debe utilizarse el índice de salarios básicos de convenio
- Respecto a la PBU, la CSJN no ha limitado su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio
- La suspensión de la movilidad por la ley 27.541 y decretos reglamentarios fue una medida excepcional y razonable en el marco de la emergencia, pero finalizada ésta corresponde reconocer la diferencia con la movilidad suspendida
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