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FERNANDEZ DORA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó ajustes en los cálculos de la Prestación Básica Universal (PBU) y las rentas de referencia del período autónomo.

Actualizacion Trabajador autonomo Reajuste Haber jubilatorio Pbu Ley 26 417 Ley 27 426 Rentas de referencia

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó:
- Recalcular la PBU considerando la incidencia de la falta de aumentos sobre el haber inicial total.
- Actualizar la totalidad de las rentas de referencia de la etapa autónoma, sin aplicar límites de 15 años.
- Aplicar los índices de actualización correspondientes al período 1994-2001, 2002-2006 y a partir de 2007.
- No actualizar los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Cita precedentes de la Corte Suprema sobre la forma de recalcular la PBU.
- Señala que la actualización debe realizarse sobre el haber inicial total, independientemente del reajuste de otros componentes.
- Respecto a las rentas autónomas, indica que deben computarse todos los años aportados y no sólo los últimos 15.
- Aplica la doctrina de la Corte sobre la actualización de las rentas de referencia en los períodos 1994-2001, 2002-2006 y a partir de 2007.

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