MALLEA ROBERTO AGUSTIN Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFENSA - ARMADA) Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal militar demandó la incorporación de suplementos remunerativos al haber de pasividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y ordenó diferir la regulación de honorarios.
Incorporación al haber de pasividad de los suplementos establecidos por el Decreto 1305/2012
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó incorporar los suplementos remunerativos y bonificables creados por el Decreto 1305/2012 al haber mensual de pasividad. Difirió la regulación de honorarios hasta que se apruebe la liquidación definitiva. La Cámara consideró que los suplementos creados por el Decreto 1305/2012, más allá de su denominación, tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al haber mensual del personal retirado. Ello en atención al principio de proporcionalidad entre el haber de actividad y el de pasividad. Sólo a partir del Decreto 780/2020, que suprimió dichos suplementos, deberá estarse a lo allí dispuesto.
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