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FERNANDEZ RICARDO DANIEL c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda para que se reconozca el derecho al cobro de los suplementos instituidos en el Decreto 1305/12. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, al considerar que dichos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable.

Personal militar Ley 19 101 Haber de retiro Remuneratividad Suplementos militares Bonificabilidad Decreto 1305 2012


¿Quién es el actor?

FERNANDEZ RICARDO DANIEL

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGA
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del derecho al cobro de los suplementos instituidos por el Decreto 1305/2012 y modificatorios.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- El art. 74 de la Ley 19.101 dispone que el personal militar al pasar a retiro se calcula sobre el 100% del haber mensual y suplementos generales a los que tuviera derecho.
- Si bien el Decreto 1305/2012 denominó a los conceptos como "suplementos", en la práctica comportan un aumento generalizado de la remuneración del personal militar en actividad, por lo que deben ser considerados remunerativos y bonificables.
- Esta posición fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN – M. Defensa – Ejército".
- El Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 780/20 que suprimió los suplementos, por lo que a partir de esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.

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