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BELTRAME ALBERTO EDGARDO c/ ANSES s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el derecho a cobrar las sumas retroactivas de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y aplicó el plazo de prescripción del beneficio.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BELTRAME ALBERTO EDGARDO Demandado: ANSES Objeto: Cobro de sumas retroactivas de la Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur. Decisión: La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Aplicó el plazo de prescripción del art. 82 de la Ley 18.037 para el cobro de los haberes atrasados, pero mantuvo el derecho al beneficio de la pensión honorífica. Consideró que el art. 5 del Decreto 2634/90 no es inconstitucional y debe aplicarse. Los principales fundamentos fueron:
- La pensión honorífica es un beneficio de carácter graciable, ajeno al sistema previsional, cuya procedencia y extensión depende de la discrecionalidad del Poder Legislativo.
- El plazo de prescripción rige para el cobro de los haberes atrasados, no para el derecho al beneficio en sí.
- La declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad que procede sólo cuando la contradicción con la Constitución es clara e indudable, lo que no se configura en este caso respecto del art. 5 del Decreto 2634/90.
- Las actas celebradas entre ANSES y la Comisión de Ex Combatientes sólo reflejan gestiones de conciliación, sin generar un derecho consolidado.

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