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VILLALBA MARCOS ROLANDO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó por incapacidad derivada de la Guerra de Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y aclaró aspectos de la indemnización prevista en la Ley 19.101.

Intereses Indemnizacion Incapacidad Retroactividad Ley 19 101 Guerra de malvinas Pension graciable Ley 24 310 Subsidio extraordinario ley 22 674

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor inició demanda contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa
- EMGE) solicitando que se le otorgue el beneficio del art. 78, inc. 3° de la ley 19.101 por su incapacidad vinculada a la Guerra de Malvinas, y el beneficio de la ley 24.310 (pensión graciable), con retroactividades. También reclamó el subsidio extraordinario de la ley 22.674. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, otorgando los beneficios reclamados y reconociendo retroactividades. La parte demandada apeló. La Cámara Federal de la Seguridad Social:
- Confirmó el otorgamiento de la pensión graciable de la ley 24.310 con retroactividad de 5 años.
- Revocó parcialmente la sentencia en lo relativo al beneficio del art. 76, inc. 3°, ap. c) de la ley 19.101, ya que el actor no se encontraba comprendido en dicho beneficio al ser Cabo Segundo S.U. de la Armada. Además, aclaró que este beneficio no devenga intereses.
- Confirmó la imposición de costas a la demandada.
- Reguló los honorarios de la parte actora en un 30% de lo fijado en primera instancia, por las actuaciones en la alzada.

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