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SAYAGO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la suspensión de la movilidad jubilatoria durante la emergencia económica. La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó el pago de las diferencias por los meses de enero y febrero de 2021, declarando inconstitucional el artículo 2 de la Ley 27.426.

Inconstitucionalidad Seguridad social Emergencia economica Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Ley 27 426 Suspension de movilidad


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Sayago

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó el empalme de la movilidad prevista en la Ley 26.417 y la Ley 27.426, y la reparación de los efectos de la suspensión de la movilidad por la Ley 27.541 y los decretos dictados en ese marco.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y aceptó parcialmente la demanda. Declaró inconstitucional el artículo 2 de la Ley 27.426 y ordenó a ANSES abonar las diferencias entre la movilidad percibida y la que le hubiera correspondido únicamente para los meses de enero y febrero de 2021, aplicando luego la nueva Ley 27.609.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la suspensión de la movilidad jubilatoria durante la emergencia implicaba una "regresividad" prohibida constitucionalmente, por lo que correspondía reparar el daño económico sufrido por el beneficiario.

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