CONDUCHI PEDRO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor impugnó los cálculos de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para recalcular los montos de las rentas de referencia y la actualización del beneficio.
¿Quién es el actor?
CONDUCHI PEDRO OSVALDO
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de cálculo de haber jubilatorio
La Cámara resolvió:
- Respecto a la actualización de la PBU, deberá analizarse en la etapa de ejecución de sentencia si se produjo una merma confiscatoria.
- Para calcular el haber inicial por rentas de referencia de trabajador autónomo, deben considerarse la totalidad de los años aportados, sin limitación a los últimos 15.
- Entre julio 1994 y diciembre 2001 no hubo variaciones salariales significativas que ameriten actualización.
- Entre enero 2002 y diciembre 2006 procede recalcular las rentas tomando el índice del fallo "Badaro".
- Desde enero 2007 en adelante deben aplicarse los aumentos y pautas de movilidad de las leyes 26.198, 26.417 y 27.426.
- Los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago no requieren actualización.
- Rechaza declarar inconstitucional la suspensión de movilidad por la ley 27.541.
- Difiere el análisis sobre la irrazonabilidad de las limitaciones del 15% al momento de aprobarse el cómputo definitivo.
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