Logo

MIRANDA HECTOR OMAR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Apelaciones en reclamo por suplementos salariales de personal militar y civil de fuerzas de seguridad. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó practicar la liquidación correspondiente en un plazo de 30 días.

Costas Honorarios Liquidacion Seguridad social Personal militar y civil Adicionales salariales

Incorporación del concepto "sueldo" del decreto 1490/02, diferencias por decreto 1081/05, y "adicionales transitorios" por decreto 1246/05 y normas sucesivas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la apelación. Se modifica la sentencia de primera instancia en cuanto al plazo para practicar la liquidación, que deberá realizarse en 30 días. Se revoca la imposición de costas a la demandada, que se imponen por su orden. Se confirma la regulación de honorarios de primera instancia. Fundamentos relevantes:
- La orden de practicar la liquidación a cargo de la demandada no excluye el derecho de la actora a realizarla, por lo que no le causa un gravamen irreparable.
- Se fija un plazo de 30 días para practicar la liquidación, a fin de permitir la previsión presupuestaria.
- Dado los vencimientos parciales y recíprocos, se imponen las costas por su orden.
- Los honorarios de la instancia de alzada se regulan en el 30% de los de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar