ESCOBEDO ANTONIO ROQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó el cálculo del haber inicial considerando diversos índices de actualización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Antonio Roque Escobedo, demandó a ANSES por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social resolvió:
- Respecto a la actualización de la PBU, debe analizarse en la etapa de ejecución de sentencia, utilizando los índices del INDEC y los aumentos generales otorgados por leyes y decretos.
- Para la actualización de las remuneraciones a las que se refieren los arts. 24 y 97 de la Ley 24.241, se aplicará el índice de salarios básicos de la industria y la construcción hasta el 28/02/2009, y luego la pauta de actualización fijada por la Ley 26.417.
- Declaró la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018, por contradecir el art. 14 bis de la Constitución.
- Para el cálculo del haber inicial, en las cotizaciones anteriores a julio de 1994 se considerará la totalidad de los años como trabajador autónomo, y no sólo los últimos 15. Para el período 1994-2001 no hubo variaciones salariales significativas, mientras que entre 2002-2006 se aplicará el índice "Badaro". Desde 2007 se aplicarán los aumentos generales de la Ley 26.198, decretos y leyes de movilidad.
- Los aportes efectuados mediante planes de facilidades de pago no serán actualizados.
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