URDAMPILLETA, PABLO GUSTAVO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor promovió demanda por Retiro por Invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó el dictamen de la Comisión Médica Central y determinó que el actor posee un grado de incapacidad del 66,78% a los fines previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pablo Gustavo Urdampilleta, apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que estimó que su incapacidad no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la Ley 24.241 para acceder al Retiro Transitorio por Invalidez. Como medida para mejor proveer, se remitieron las actuaciones al Cuerpo Médico, que determinó que el actor padece de: accidente cerebrovascular con secuela moderada, limitación funcional de miembro superior derecho, monocular izquierdo adquirido antes de los 45 años y trastorno depresivo grado II. Estas patologías le provocan una incapacidad del 66,78% a los fines previsionales. Ante la ausencia de elementos que desvirtúen el informe pericial, la Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central y determinó que el actor se encuentra totalmente incapacitado en un 66,78% a los fines previsionales, ordenando remitir las actuaciones al organismo correspondiente.
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