MARTINEZ RITA HORLINDA Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron la incorporación al haber de retiro de los aumentos del Decreto N°380/17. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto a los plazos para el cumplimiento de la condena.
Incorporación al haber de retiro de los aumentos establecidos por el Decreto N°380/17 y modificatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, pero modifica parcialmente la sentencia en cuanto a los plazos para el cumplimiento de las obligaciones impuestas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara concluye que los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad. Sin embargo, revoca la orden de incorporar el suplemento y abonar dentro de los 90 días, ya que estas obligaciones quedan comprendidas en las normas presupuestarias vigentes.
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