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MARTINEZ RITA HORLINDA Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron la incorporación al haber de retiro de los aumentos del Decreto N°380/17. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto a los plazos para el cumplimiento de la condena.

Jubilacion Seguridad social Pension Decreto 380 17 Caracter bonificable Suplemento remunerativo

Incorporación al haber de retiro de los aumentos establecidos por el Decreto N°380/17 y modificatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, pero modifica parcialmente la sentencia en cuanto a los plazos para el cumplimiento de las obligaciones impuestas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara concluye que los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad. Sin embargo, revoca la orden de incorporar el suplemento y abonar dentro de los 90 días, ya que estas obligaciones quedan comprendidas en las normas presupuestarias vigentes.

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