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AMOROSI ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y ordenó el pago de la diferencia entre lo percibido y lo que le hubiere correspondido por la aplicación de la movilidad suspendida.

Inconstitucionalidad Jubilacion Seguridad social Emergencia Movilidad Reajuste Progresividad Regresividad


¿Quién es el actor?

Andrés Amorosi

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó al ANSES abonar la diferencia entre lo percibido por los decretos que suspendieron la movilidad y lo que hubiere correspondido aplicar la ley suspendida, para los meses de enero y febrero de 2021. Luego se aplicará la nueva Ley 27.609.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que declarar desierto el recurso de apelación del ANSES, ya que no cumplía con los requisitos técnicos.
- Respecto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, la mayoría del Tribunal adhirió a los fundamentos expuestos en fallos anteriores.
- En cuanto a la Ley 27.541 y decretos dictados en su consecuencia, la Cámara consideró que fueron dictados en un contexto de emergencia y por lo tanto su validez constitucional es admisible.
- Sin embargo, al finalizar la suspensión de la movilidad, corresponde abonar la diferencia entre lo percibido y lo que hubiere correspondido aplicar la ley suspendida, a fin de evitar una afectación regresiva del derecho a la seguridad social.
- Respecto a la tasa de interés, se confirmó la aplicación de la Tasa Pasiva promedio que publica el BCRA.

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