GONZALEZ MIRTA LILIANA c/ ANSES s/PENSIONES
La viuda del causante obtuvo la pensión que le había sido denegada por la ANSES, confirmándose en segunda instancia la aplicación del principio de protección de la seguridad social.
Otorgamiento del beneficio de pensión
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión a la actora, con intereses.
Los principales fundamentos fueron:
- El causante acreditaba más del 50% de los aportes en relación a su vida útil laboral, por lo que le correspondía el derecho a la pensión a su cónyuge supérstite.
- La aplicación rigurosa del Decreto 460/99 desconocería los principios constitucionales de protección de la seguridad social.
- Es improcedente la aplicación del art. 22 de la Ley 24.463 en casos de otorgamiento de prestaciones previsionales de naturaleza alimentaria.
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