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VICENTE ELENA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda por reajustes jubilatorios.

Jubilacion Seguridad social Ley 24 241 Reajuste de haberes Prestacion basica universal Ley 26 417 Precedente elliff

Reajuste del haber inicial y movilidad posterior de la jubilación.

¿Qué se resolvió?


- Se dejó sin efecto lo decidido en torno a los arts. 9 y 25 de la ley 24.241.
- Se difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes.
- En lo demás, se confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 se aplicarán las pautas del precedente "Elliff" de la CSJN. A partir del mensual 3/09 se aplicará el índice previsto en el art. 2 de la ley 26.417.
- La determinación del valor de la Prestación Básica Universal se diferirá para la etapa de ejecución, de acuerdo a los precedentes de esta Sala.
- Resulta abstracto el pronunciamiento sobre el art. 24 inc. a) de la ley 24.241, dado que la actora no excedió el tope de los 35 años.
- Es inoficioso el cuestionamiento contra el art. 25 de la ley 24.241 que remite al art. 9, dado que las remuneraciones cotizadas son anteriores a la vigencia del límite de aportes del art. 9.

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