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PEPA MIRIAM MARGARITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSES por reajustes de su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó el pago de las diferencias resultantes de aplicar la movilidad correspondiente.

Renta vitalicia Seguridad social Anses Ley 24 241 Ley 26 425 Badaro Movilidad previsional


- Actora: Pepa Miriam Margarita

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes de la renta vitalicia previsional
- Decisión del tribunal:
- Se revoca parcialmente la sentencia apelada.
- Se ordena el pago de las diferencias resultantes de aplicar la movilidad a la renta vitalicia, conforme lo dispuesto por la CSJN en "Badaro" y las leyes 26.198, 26.417, 27.426 y 27.609.
- Se deja sin efecto lo resuelto respecto al art. 14.2 de la Resolución SSS 6/2009 por exceder lo peticionado.
- Se imponen las costas por su orden en la Alzada.
- Se difiere la regulación de honorarios hasta determinar la cuantía del asunto. Fundamentos principales:
- La CSJN estableció el deber del Estado de asegurar la movilidad de las prestaciones previsionales, que surge del art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- Corresponde aplicar la movilidad a la renta vitalicia, según los parámetros fijados por la CSJN en "Badaro" y las leyes posteriores.
- En disidencia parcial, la Dra. Cammarata entiende que no corresponde aplicar la movilidad prevista en "Badaro" hasta 2006, dado que recién con la ley 26.425 se garantizó a los beneficiarios del régimen de capitalización el mismo tratamiento que el régimen público.

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