RUBANO, JONATAN EZEQUIEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que denegó su retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de primera instancia al considerar que el actor no se presentó a las citaciones médicas, impidiendo la evaluación de su situación.
Retiro por invalidez (art. 49 ley 24.241)
¿Qué se resolvió?
Se confirma el dictamen de la Comisión Médica Central que había denegado el retiro por invalidez
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Comisión Médica Central había dictaminado que la incapacidad del recurrente no alcanzaba los valores previstos en el art. 48 de la ley 24.241.
- El recurrente apeló este dictamen, por lo que correspondía la apertura de la instancia.
- Se confirió vista al Cuerpo Médico Forense, quien informó que el titular no se presentó a las dos citaciones médicas efectuadas.
- Ante la injustificada conducta omisiva del recurrente, el tribunal no pudo evaluar la justificación de su cuestionamiento al dictamen de la Comisión Médica Central.
- Por lo expuesto, atento a que el damnificado no demostró los motivos de su incomparecencia, corresponde confirmar lo dictaminado por la Comisión Médica Central.
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