AVALOS ROXANA VIRGINIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo promovida por la actora contra la ANSES, ordenándole abonar la diferencia entre la renta vitalicia previsional que percibe y la que resulta de aplicar las pautas de movilidad determinadas por la Corte Suprema.
Diferencia entre la renta vitalicia previsional que percibe y la que resulta de aplicar las pautas de movilidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara desestimó los agravios de la ANSES respecto a la inadmisibilidad formal del amparo y la caducidad del plazo, ya que tratándose de derechos de carácter alimentario y de subsistencia, corresponde adoptar un criterio más flexible.
- Reiteró la doctrina de la Corte Suprema sobre la procedencia de la movilidad de las prestaciones previsionales, en función de los principios constitucionales y los tratados internacionales sobre seguridad social.
- Ordenó a la ANSES abonar la movilidad correspondiente como complemento de la renta vitalicia previsional que percibe la actora.
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