OJEDA SARA BIBIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demanda a ANSES por reajustes de su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia, ordenando el pago de diferencias por aplicación de las pautas de movilidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, titular de una renta vitalicia previsional, demandó a ANSES reclamando el reajuste por movilidad de su prestación. ANSES apeló la sentencia que hizo lugar al reclamo. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia apelada. Señaló que corresponde otorgar la movilidad a la prestación en renta vitalicia, de acuerdo a los parámetros establecidos por la CSJN en los precedentes "Badaro" y "Deprati". Ordena el pago de las diferencias resultantes de comparar el haber de la renta percibida con el que le hubiera correspondido aplicando las pautas de movilidad. Sin embargo, la Jueza Cammarata emitió un voto parcialmente disidente, considerando que la pauta de movilidad del "precedente Badaro" no resulta aplicable al período anterior a la ley 26.425, que garantizó la movilidad a los beneficiarios del régimen de capitalización.
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