URSI NILDA MARIA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor.
Reajustes varios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de grado que había declarado la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016, ordenado la actualización de la Prestación Básica Universal, y declarado la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, en la medida en que su aplicación produzca una reducción del haber previsional superior al 15%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a los aportes autónomos, se debe aplicar la metodología establecida por la CSJN en "Makler" para considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas.
- Sobre la Prestación Básica Universal, no corresponde limitar su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio, en línea con el precedente "Quiroga".
- La aplicación de los topes previstos en los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241 resulta inconstitucional si produce una reducción del haber previsional superior al 15%, conforme la doctrina de la CSJN en "Actis Caporale".
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