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URSI NILDA MARIA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor.

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Reajustes varios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de grado que había declarado la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016, ordenado la actualización de la Prestación Básica Universal, y declarado la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, en la medida en que su aplicación produzca una reducción del haber previsional superior al 15%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a los aportes autónomos, se debe aplicar la metodología establecida por la CSJN en "Makler" para considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas.
- Sobre la Prestación Básica Universal, no corresponde limitar su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio, en línea con el precedente "Quiroga".
- La aplicación de los topes previstos en los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241 resulta inconstitucional si produce una reducción del haber previsional superior al 15%, conforme la doctrina de la CSJN en "Actis Caporale".

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