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DI PIETRO DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar los servicios autónomos y reajustar la prestación del actor.

Seguridad social Movilidad Reajuste Prestacion previsional Actualizacion de remuneraciones Servicios autonomos


¿Quién es el actor?

DI PIETRO DOMINGO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó actualizar los servicios autónomos del actor de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN ("Volonté" y "Rodríguez") y reajustar la prestación del actor a enero de 2021 con la diferencia de lo percibido por los decretos que fijaron la movilidad durante el período suspendido y la movilidad que le hubiera correspondido por la ley 27.426 suspendida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a los servicios autónomos anteriores a julio 1994, corresponde aplicar el criterio de la CSJN en "Volonté" y "Rodríguez" para reflejar el mayor esfuerzo contributivo.
- Para los servicios autónomos posteriores a ley 24.241, corresponde aplicar la actualización con el ISBIC, según lo avalado por la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- Debe computarse la totalidad de los años trabajados, conforme al precedente "Makler".
- Respecto a la inconstitucionalidad de leyes, se remitió a pronunciamientos anteriores de la propia Sala.

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