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MERA PINEDA ELDA MELANIA Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora impugnó la aplicación del decreto 586/19 y la Res. MJ y DH nº 607/19 que modificaron el cálculo del suplemento por Antigüedad de Servicio. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia y consideró que las modificaciones reglamentarias no implican una disminución de haberes.

Derechos adquiridos Razonabilidad Modificacion reglamentaria Servicio penitenciario federal Haber de retiro Suplemento por antiguedad de servicio


¿Quién es el actor?

Mera Pineda Elda Melania y Otros

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario Federal
- Objeto de la demanda: Impugnación de la aplicación del decreto 586/19 y la Res. MJ y DH nº 607/19 que modificaron el cálculo del suplemento por Antigüedad de Servicio
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales:
- La ley 13.018 establece que el haber de retiro del personal del Servicio Penitenciario Federal se calcula tomando el último sueldo, incluyendo suplementos y bonificaciones, y que el mismo no puede ser inferior al 82% de la remuneración del personal en actividad.
- El decreto 586/2019 y la resolución 607/2019 modificaron el porcentaje del suplemento por "Antigüedad de Servicios" del 2% al 0,5%, en el marco de una reestructuración salarial del personal del Servicio Penitenciario Federal.
- No se verifica una disminución confiscatoria de haberes, sino una modificación reglamentaria en la composición del haber, que es facultad del Poder Ejecutivo.
- No existe un derecho adquirido a una determinada modalidad salarial, siempre que las modificaciones sean razonables y no impliquen una disminución del nivel alcanzado.

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