LASTIRI MARIA VIVIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó utilizar el índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09.
¿Quién es el actor?
LASTIRI MARIA VIVIANA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber jubilatorio de la actora
¿Qué se resolvió?
- Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09, debiendo utilizarse el índice ISBIC.
- Se difiere el tratamiento del fallo "Villanustre" para la etapa de ejecución de sentencia.
- Se confirma la sentencia en lo demás.
- Las costas de alzada se imponen a la demandada vencida.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que correspondía revocar la sentencia de primera instancia en lo atinente a la actualización de las remuneraciones, declarando la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 y ordenando la aplicación del índice ISBIC, conforme a la doctrina del fallo "Elliff".
- Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), la Cámara entendió que no correspondía limitar su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio, sino que el único resultado que debe evitarse es la confiscatoriedad de uno de los componentes del haber.
- En cuanto a la aplicación del precedente "Villanustre", la Cámara consideró que la cuestión debe diferirse para la etapa de ejecución de sentencia.
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