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MELUZIO GENEROSO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes en el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Seguridad social Haber previsional Actualizacion de remuneraciones Inconstitucionalidad de topes Aportes autonomos Isbic Indice combinado


¿Quién es el actor?

MELUZIO GENEROSO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en el cálculo del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ratificó la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones hasta la vigencia de la Ley 26.417, y a partir de entonces el índice combinado previsto en el art. 32 de la Ley 24.241. Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc 3) de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, en caso de que su aplicación generara una quita superior al 15% del haber. Confirmó la metodología de cálculo de los aportes autónomos. Fundamentos principales:
- La CSJN ha ratificado en reiterados precedentes la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones.
- La aplicación de los topes previstos en los arts. 9 inc 3) de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241 puede generar una quita confiscatoria, por lo que corresponde declararlos inconstitucionales.
- Respecto a los aportes autónomos, se debe considerar el promedio ponderado de todas las categorías efectivamente aportadas.

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