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TIERNO LILIANA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes en el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago de diferencias por movilidad sólo para determinados períodos.

Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad Reajuste Prestacion basica universal


¿Quién es el actor?

Liliana Noemí Tierno

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se ordena a ANSES el pago de diferencias por movilidad sólo para los meses de enero y febrero de 2021, aplicando la pauta de movilidad suspendida y no los decretos de emergencia. A partir de marzo 2021 se aplicará la nueva ley 27.609.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal considera que corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, así como revocar lo decidido sobre la inconstitucionalidad de las leyes 27.541 y 27.609, confirmando su aplicación.
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, se difiere su análisis para la etapa de ejecución de sentencia, conforme doctrina de la CSJN en "Quiroga".
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y de la Resolución SSS 06/09, art. 14.2.
- En cuanto a las costas, se imponen a la demandada vencida.

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