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ACUÑA GRACIELA MARIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora reclamó el pago de la diferencia entre su haber previsional y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a la ANSES abonar la diferencia.

Accion de amparo Haber minimo previsional Regimen de capitalizacion Unificacion del sistema previsional Garantias constitucionales Tratados internacionales


- Actor: Graciela María Acuña
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reclamación por diferencia entre haber previsional y haber mínimo garantizado
- Decisión: Se confirma la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a la ANSES abonar la diferencia Fundamentos:
- El amparo procede cuando la vía ordinaria significaría privar a la actora de un medio para su subsistencia.
- El plazo de caducidad no impide la acción cuando se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad continuada.
- La exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo por haber optado por el sistema de capitalización atenta contra los arts. 16 y 14 bis de la CN y los tratados internacionales.
- Tras la unificación del sistema previsional por la ley 26.425, corresponde otorgar a la actora el haber mínimo garantizado como "mejor prestación".
- Procede condenar en costas a la demandada vencida.

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