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HORTAL RIVERO CANDIDA LUZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por reajustes de la jubilación de la actora, confirmando la actualización del haber inicial pero dejando sin efecto lo resuelto sobre los artículos 9 y 25 de la Ley 24.241.

Jubilacion Movilidad Reajuste Ley 24 241 Csjn Ley 26 417 Isbic Blanco Elliff Haber inicial Topes de haberes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: HORTAL RIVERO CANDIDA LUZ Demandado: ANSES Objeto: Reajuste del haber inicial y movilidad posterior de la jubilación de la actora. Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la actualización del haber inicial conforme a los criterios jurisprudenciales de la CSJN, pero dejando sin efecto lo resuelto sobre los artículos 9 y 25 de la Ley 24.241 y difiriendo para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes. Fundamentos principales:
- Respecto a la actualización del haber inicial, la Cámara aplicó los lineamientos establecidos por la CSJN en los precedentes "Elliff" y "Blanco", utilizando el ISBIC hasta el mes 2/09 y el art. 2 de la Ley 26.417 a partir del mes 3/09.
- Consideró abstracto el pronunciamiento sobre el art. 24 inc. a) de la Ley 24.241 al no exceder la demandante el tope de 35 años.
- Dejó sin efecto lo resuelto sobre los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 por ser inaplicables al caso.
- Difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios contra la aplicación de topes de haberes.

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