STIMOLI JUAN CARLOS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor cuestionó la constitucionalidad de leyes que regulan la movilidad previsional. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo demandado ajustar el haber de acuerdo a la normativa suspendida.
Inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley 27.426, y de la ley 27.541 y decretos dictados en su consecuencia
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el art. 2 de la ley 27.426 y ordenó al ANSES reajustar el haber del actor a enero 2021 aplicando la movilidad suspendida, y desde febrero 2021 aplicar la ley 27.609.
Fundamentos relevantes:
- La Sala se había expedido previamente sobre la constitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley 27.426, rechazando los planteos de inconstitucionalidad.
- Respecto al art. 2 de la ley 27.426, la Dra. Dorado se expidió en disidencia declarándolo inconstitucional.
- En relación a la ley 27.541 y decretos dictados, la Cámara remitió a pronunciamientos previos.
- La Cámara consideró que el actor no acreditó un perjuicio concreto que justifique declarar la inconstitucionalidad de la ley 27.609.
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