MARTINEZ ESTELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenó la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial del beneficiario, con base en la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Reajuste de beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción (ISBIC) para la actualización de las remuneraciones, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema. Confirmó también el diferimiento dispuesto para la Prestación Básica Universal y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando su aplicación resulte confiscatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se remitió a los precedentes "Elliff" y "Blanco" de la Corte Suprema, que convalidaron el uso del índice ISBIC para la actualización salarial. Asimismo, confirmó que el diferimiento de la PBU no se encuentra limitado a una fecha determinada de inicio del beneficio. Por último, declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando su aplicación genere una quita superior al 15% sobre el haber previsional.
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