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DESTOC MARTHA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a su demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, aplicando la metodología de cálculo de los servicios autónomos conforme al precedente Makler.

Reformatio in peius Seguridad social Haber previsional Calculo Servicios autonomos Makler


- Actora: DESTOC MARTHA SUSANA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Fundamentos principales:
- Conforme al art. 24 inc. b) de la Ley 24.241, para los servicios autónomos el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicios con aportes, calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías aportadas.
- Corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Makler, Simón", debiendo considerarse todos los años y categorías efectivamente aportados, sin límite, para reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo.
- El organismo debe efectuar el cálculo considerando: a) la categoría aportada en cada período; b) el monto del haber mínimo correspondiente; c) la cantidad de haberes mínimos aportados en cada período; d) el promedio de haberes mínimos efectivamente aportado.

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