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BUONOPANE MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando ajustes en el cálculo del haber inicial y la actualización de la Prestación Básica Universal.

Inconstitucionalidad Seguridad social Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Topes Aportes autonomos Reajustes jubilatorios Haber inicial


¿Quién es el actor?

BUONOPANE MARIA DEL CARMEN

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en el haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que la aplicación de topes genere una quita superior al 15% del haber. Ordenó recálculo del haber inicial autónomo y actualización de la Prestación Básica Universal. Fundamentos principales:
- Respecto a los aportes autónomos, corresponde computar la totalidad de los años aportados, actualizando los períodos anteriores a julio 1994 según doctrina de la CSJN en "Volonté" y los posteriores aplicando el ISBIC.
- Sobre la actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial: cuando se utilizaron 18 o más remuneraciones anteriores a marzo 2009, se aplica actualización por ISBIC; en caso contrario, se aplica actualización por ley 27.609.
- En relación a la Prestación Básica Universal, se ordena su redeterminación conforme a la jurisprudencia de la Sala en "Battipede" y "Berardi".
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 Ley 24.241 si la aplicación de topes genera una quita superior al 15% del haber.
- Se difiere la aplicación del fallo "Villanustre" para la etapa de ejecución.

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