URBANO ANTONIO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó por los beneficios derivados de su participación en el Conflicto Bélico del Atlántico Sur. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
¿Quién es el actor?
URBANO ANTONIO
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE DEFENSA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de beneficios por su participación en el Conflicto Bélico del Atlántico Sur, incluidos los previstos en las leyes 19.101, 24.310 y 22.674.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el reconocimiento del derecho al beneficio del art. 76 inc. b) de la ley 19.101 y/o el de la ley 24.310, con opción a ejercer, y el derecho al subsidio extraordinario de la ley 22.674 con intereses retroactivos desde el 2 de abril de 1982. Confirmó la procedencia de las sumas retroactivas de la pensión graciable desde los dos años previos a la solicitud administrativa.
Fundamentos relevantes:
- La ley 22.674 establece el subsidio extraordinario con carácter retroactivo desde el 2 de abril de 1982, por lo que corresponde reconocer los intereses respectivos.
- Respecto a la pensión graciable de la ley 24.310, corresponde reconocer las sumas retroactivas desde los dos años previos a la solicitud administrativa, por su naturaleza previsional y la excepción de prescripción.
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