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PIÑEIRO ROSA ALICIA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora obtuvo la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la ley 18.037, lo que confirma la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Inconstitucionalidad Seguridad social Tope legal Beneficios previsionales Acumulacion de prestaciones

Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la ley 18.037

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la ley 18.037, al considerar que la aplicación de dicho tope legal privaba sustancialmente a la actora de los beneficios a los que tenía derecho. La Cámara revoca parcialmente la sentencia apelada en cuanto a la regulación de honorarios, difiriéndola hasta que exista liquidación aprobada en autos. "La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que "... la pretensión de los organismos administrativos de encuadrar el caso en el art. 79 de la ley 18.037, acumulando las prestaciones... y sobre ésta suma hacer jugar el límite del art. 55 de dicha ley, conduce a privar lisa y llanamente al beneficiario de una de las prestaciones a las que tiene derecho" (CSJN, Fallos 310:864, abril 23 de 1987, "Linares Quintana, Segundo)."

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