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VASILCHUK ANIBAL EXEQUIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo previsional abonar las diferencias por aplicación indebida de la movilidad.

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Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó a ANSES abonar las diferencias por aplicación indebida de la movilidad previsional entre enero-febrero 2021. Confirmó lo demás decidido. Diferenció el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 Ley 24.241 para la etapa de ejecución. Rechazó la solicitud de tasa mínima de sustitución del 70%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que en el caso particular, donde no se ordenó actualizar la Prestación Compensatoria y Adicional por Permanencia, la incidencia de la Prestación Básica Universal (PBU) sobre el haber total debe calcularse aplicando el índice "Badaro".
- Respecto a la movilidad previsional, revocó la sentencia y ordenó a ANSES abonar las diferencias por aplicación indebida de los decretos dictados en emergencia, sólo para enero-febrero 2021, aplicando luego la nueva normativa.
- Diferenció el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 Ley 24.241 para la etapa de ejecución.
- Rechazó la solicitud de tasa mínima de sustitución del 70% conforme doctrina de la CSJN.

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