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TORIJA NORMA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda buscando la movilidad de la renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y reconoció el derecho a la movilidad.

Seguridad social Renta vitalicia previsional Movilidad de haberes Badaro Ley 26 417


- Actora: TORIJA NORMA ELENA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la movilidad de la renta vitalicia previsional

¿Qué se resolvió?

Se revoca la sentencia de primera instancia y se reconoce el derecho de la actora a la movilidad de la renta vitalicia previsional. Fundamentos principales:
- Si bien la ley 26.425 excluye la movilidad para las rentas vitalicias, ello vulnera los principios de solidaridad y subsidiaridad del sistema previsional.
- Corresponde aplicar la pauta de movilidad del precedente "Badaro" hasta el 31/12/2006, y luego la ley 26.417 y normas posteriores, sin merma alguna.
- El juez Fantini Albarenque disiente respecto a la aplicación del precedente "Badaro" para el período 2002-2006, entendiendo que la movilidad debe limitarse a los aumentos generales.

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