OMELANCZUK ANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La jubilada cuestionó la Ley 27.609 de movilidad previsional. La Cámara hizo lugar al reclamo y ordenó el recálculo de los haberes.
¿Quién es el actor?
Ana Omelanczuk
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionar la Ley 27.609 de movilidad previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al ANSES recalcular los haberes de la jubilada conforme a la movilidad suspendida, dejando pendiente el análisis de constitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución. La Cámara consideró que la garantía de movilidad previsional prevista en el art. 14 bis de la CN impone al legislador el deber de fijar un régimen de ajuste que asegure una subsistencia decorosa y acorde a la posición que tuvieron los beneficiarios durante su vida laboral. Si bien el legislador tiene facultad para determinar el método, la reglamentación debe ser razonable y no desconocer este derecho. En este contexto, la Cámara entendió que diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 permitirá abordar la cuestión con mayor claridad normativa, una vez implementados los cambios al sistema de movilidad por el DNU 274/2024. Ello, a fin de asegurar la transición y evitar resoluciones fragmentadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: