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SARNO ARCANGELA CONSIGLIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para la actualización de los rubros que componen el haber previsional.

Seguridad social Movilidad de haberes Actualizacion salarial Reajuste previsional Pbu Rentas autonomas Emergencia legislativa


¿Quién es el actor?

Sarno Arcangela Consiglia

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los siguientes criterios:
- Respecto a la actualización de la PBU, debe realizarse una comparación concreta sobre el total del haber inicial para determinar si existió una merma confiscatoria.
- Las remuneraciones computadas deben actualizarse conforme a los índices establecidos por la ley 27.426, combinando el INGR, RIPTE y las movilidades posteriores.
- Para las rentas anteriores a julio de 1994, deben computarse la totalidad de los años aportados como trabajador independiente, sin limitarlo a los últimos 15 años.
- Entre julio 1994 y diciembre 2001 no hubo variaciones salariales significativas.
- Entre enero 2002 y diciembre 2006 se aplicará el índice "Badaro" para corregir la distorsión.
- Desde 2007 se aplicarán los aumentos generales y la movilidad de las leyes 26.198, 26.417 y 27.426.
- Los aportes mediante planes de facilidades de pago no serán actualizados.
- Respecto a la aplicación de la ley 27.541 de emergencia, se convalidó su constitucionalidad.
- A partir de la ley 27.609 rige un nuevo sistema de movilidad.

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