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FLORES RITA VERONICA Y OTRO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Beneficiario reclama incremento de haber jubilatorio al haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

Discriminacion Amparo Regimen previsional publico Unificacion del sistema previsional Jubilacion minima garantizada

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor promovió acción de amparo contra ANSES reclamando el ajuste de su haber jubilatorio al monto del haber mínimo garantizado por el art. 46 de la ley 26.198. La demandada apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión apelada. Consideró que el plazo de caducidad de la ley 16.986 no puede constituir un impedimento insalvable cuando se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad periódica o continuada. Sostuvo que el derecho fundamental a una jubilación digna surge de la Constitución Nacional, por lo que el Estado debe garantizar el haber mínimo a todos los beneficiarios del régimen previsional, sin distinción entre quienes estaban en el sistema de reparto o de capitalización. Rechazó el argumento de falta de componente público, al entender que tras la unificación del sistema previsional, mantener la diferencia sería una discriminación arbitraria. En consecuencia, confirmó la condena a ANSES a abonar al actor la diferencia hasta alcanzar el haber mínimo garantizado, desde dos años previos a la interposición de la demanda.

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