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GARBERS MARIA EUGENIA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora reclamó el ajuste de su beneficio jubilatorio al haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES abonar la diferencia entre el monto que percibe y el haber mínimo.

Discriminacion Jubilacion Anses Regimen de capitalizacion Haber minimo garantizado Regimen de reparto Componente publico

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, María Eugenia Garbers, demandó a ANSES solicitando que se ajuste su beneficio jubilatorio al haber mínimo garantizado por el art. 125 de la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Sostuvo que mantener una diferencia entre los beneficiarios del régimen de reparto y los del de capitalización implicaría una discriminación arbitraria e insostenible, al acordarse un haber mínimo a unos y negárselo a otros, cuando las necesidades básicas de subsistencia no difieren entre ambos. Indicó que el objetivo es garantizar una prestación digna del mínimo garantizado, más allá de la existencia o no de componente público. Citó jurisprudencia de la CSJN que avala el derecho al haber mínimo aun en ausencia de componente público. En cuanto a las costas, las impuso a la demandada vencida. Respecto a los honorarios, los revocó y los difirió hasta que exista liquidación aprobada en autos.

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