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ULLOA PEREZ MIRNA LILIANA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora solicita aplicar pautas de movilidad a su beneficio previsional de renta vitalicia en dólares. La Cámara Federal de la Seguridad Social reconoce parcialmente su derecho a la movilidad.

Movilidad Renta vitalicia previsional Ley 26 425 Precedente badaro Regimen de capitalizacion Ley 26 417


¿Quién es el actor?

Mirna Liliana Ulloa Perez

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Que se apliquen pautas de movilidad a su beneficio previsional de renta vitalicia en dólares.
- Decisión del tribunal: La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a ANSES que abone las diferencias no prescriptas que surjan del cálculo comparativo entre lo efectivamente percibido y lo que hubiera correspondido aplicando la movilidad prevista por la ley 26.417 y decretos reglamentarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 5 de la ley 26.425 estableció que los beneficios del régimen de capitalización en modalidad de renta vitalicia previsional continúan abonándose a través de las compañías de seguros, sin movilidad.
- Sin embargo, la unificación del sistema previsional y los principios de solidaridad e igualdad impiden dejar a los beneficiarios del régimen de capitalización sin movilidad.
- Corresponde aplicar la movilidad prevista por la ley 26.417 y decretos reglamentarios a partir de marzo de 2009. Respecto al período 2002-2006, el voto en disidencia rechazó aplicar el precedente "Badaro".

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