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ORELLANA SARA FELIPA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora demandó la aplicación de la movilidad a su haber previsional. La Cámara Nacional de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el pago de la diferencia de haber.

Seguridad social Amparo Minimo garantizado Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

ORELLANA SARA FELIPA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aplicación de movilidad al haber previsional de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES el pago de la diferencia de haber resultante de aplicar la movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Si bien en una causa anterior se había ordenado complementar el haber de la actora hasta el mínimo garantizado, ello no impide aplicar la movilidad en el presente caso (conf. CSJN "Deprati").
- Corresponde confirmar el plazo de cumplimiento otorgado y la tasa de interés aplicada.
- Las costas deben imponerse a la demandada vencida, de acuerdo al art. 14 de la Ley 16.986 que rige el proceso de amparo.

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