CORIA MABEL BEATRIZ Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron demanda para que se les incorporen los suplementos del Decreto 380/17 a su haber mensual. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y reconoció como remuneratorios y bonificables solo los suplementos por Función Policial Operativa y Función Técnica de Apoyo.
Incorporación al haber mensual de los suplementos del Decreto 380/17
¿Qué se resolvió?
Se reconoce como remuneratorios y bonificables solo los suplementos por "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo". Se rechaza el reconocimiento de los suplementos por "Zona" y "Alta Dedicación Operativa" por considerarlos de carácter particular.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los suplementos deben tener carácter general y ser percibidos por la totalidad del personal en actividad para ser considerados remuneratorios y bonificables.
- El suplemento por "Zona" no es percibido por todo el personal, sino solo por quienes prestan servicios fuera de un radio de 80 km de CABA, por lo que tiene carácter particular.
- Los suplementos son incompatibles entre sí, por lo que el personal no puede percibir más de uno a la vez.
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