VAZQUEZ MARTA HAYDEE Y OTRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora apeló sentencia que rechazó su reclamo por reajuste de haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión, convalidando la constitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley de movilidad.
Reajuste de haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el reclamo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que la aplicación retroactiva de la ley 27.426, que modificó los índices utilizados para el cálculo de la movilidad previsional, no viola derechos constitucionales del beneficiario. Señaló que el derecho a la movilidad se devenga y adquiere al momento del pago semestral, no mensualmente, por lo que la reforma legal no afecta derechos patrimoniales adquiridos. Asimismo, convalidó la constitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica. En disidencia parcial, la jueza Perez Tognola consideró que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 tiene carácter regresivo y afecta en forma confiscatoria el monto del haber previsional, por lo que declaró su inconstitucionalidad.
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