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LEZCANO MARIO ALEJANDRO c/ GOBERNACION DE LA PVCIA. DE BUENOS AIRES Y OTRO s/LEY 24557

El actor apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que determinó que su patología tiene carácter de enfermedad inculpable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen al considerar que no se demostró fehacientemente el vínculo entre la afección y la actividad laboral.

Recurso de apelacion Seguridad social Enfermedad profesional Enfermedad inculpable Comision medica central

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Mario Alejandro Lezcano, demandó a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires y otro por ley 24.557. El Tribunal dispuso como medida para mejor proveer la remisión de las actuaciones a la Comisión Médica Central, la cual concluyó que la patología del actor no quedó fehacientemente demostrada como una enfermedad profesional, debiendo ser considerada una enfermedad inculpable. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, consideró que los informes de la Comisión Médica Central tienen valor probatorio suficiente, por lo que corresponde confirmar el dictamen impugnado por el actor. En consecuencia, se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se impusieron las costas en el orden causado.

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