RAMOS GREGORIO NICOLAS c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció el derecho del personal militar en retiro a percibir los suplementos previstos en el decreto 1307/12.
Cobro de los suplementos establecidos por el decreto 1307/12 para el personal militar en actividad, que deben extenderse a quienes se encuentran en situación de retiro.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció el derecho del actor a percibir dichos suplementos. Señaló que los mismos revisten carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser incluidos en los haberes del personal militar en pasividad, de acuerdo al precedente "Camejo" de la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los suplementos creados por el decreto 1307/12 otorgaron un aumento generalizado al personal militar en actividad, con una base económica significativa, por lo que deben considerarse de carácter remunerativo y extenderse a quienes se encuentran en retiro.
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